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fallos | Consumidor | Comercial | Civil
Provinciales \ Corrientes \ Superior Tribunal de Justicia de Corrientes
28/11/2014

Finanpro S.R.L. c/García, Ramón Eugenio s/Proceso Ejecutivo

El Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Corrientes resolvió la competencia entre un juzgado Civil y Comercial y uno de Paz Barrial, en función de la cercanía con las partes y lo dispuesto en el art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor, que para facilitar el acceso a la Justicia, las partes tienen la posibilidad de litigar en el tribunal más cercano a su domicilio.

A su vez dictaminó que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al expedirse en la cuestión que nos ocupa, avaló la declaración de competencia del juez que correspondía al domicilio real del demandado en aquellos supuestos en los que puede inferirse por las particularidades de la causa (entre ellas la calidad del ejecutante) que la situación planteada se encuentra amparada por los principios previstos por la Ley de Defensa del Consumidor, encuadrándolo prima facie en el marco de las relaciones de consumo a que se refieren los artículos 1, 2 y 36 de la Ley 24.240 (según ley 26.361)”. 

 

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