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fallos | Civil
Provinciales \ Buenos Aires \ Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Necochea
09/10/2018

CONDENADO POR DAÑOS Y PERJUICIO POR EJERCER VIOLENCIA DE GÉNERO

SUMARIO:

                    Pese al rechazo de primera instancia, la alzada revierte tal decisión reconociendo que la violencia de género debe resarcirse como daño moral y psicológico, basando alguno de los fundamentos en el ..” art. 5 de la ley nacional al establecer los distintos tipos de violencia define a la violencia psicológica como aquella "que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación.”

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