EL MUNICIPIO RESPONDE POR LA NATURALEZA
SUMARIO:
La municipalidad Rosarina condenada a hacerse responsable por los daños ocasionados al vehículo de una mujer por la caída de un árbol que se encontraba en la vía pública. Dijeron los miembros del Tribunal que la responsabilidad recae en el municipio porque el árbol emplazado en la vía pública representa un accesorio del dominio público, "pudiendo sindicarse al ente municipal en el carácter de dueño o guardián".
Entendieron que, si bien fue producto de una tormenta: …"ya que un fuerte temporal no es un acontecimiento fortuito y la caída de un árbol provocado por el viento o la lluvia no es un hecho extraordinario ni puede sostenerse que sea imprevisible". Se trata de un daño típico de la peligrosidad propia de los ejemplares del reino vegetal en días de condiciones atmosféricas adversas y cuyo cuidado, cuando están ubicados en plazas, aceras o paseos se halla a cargo del municipio, responsable legal en los términos del art. 512 de Código Civil.