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Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, sala 02 de Neuquén, Provincia de Neuquén
23/03/2017

REALIZAR TRABAJOS PROPIOS PARA TERCEROS EN EL LUGAR DE TRABAJO JUSTIFICA EL DESPIDO LABORAL

SUMARIO:

                Dispone el rechazo de la demanda interpuesta por una empleada despedida luego de detectar que realizaba tareas propias de su profesión de contadora pública para terceros, en el lugar de trabajo, en horario laboral y utilizando la computadora suministrada por la demandada para el cumplimiento del débito laboral

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