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REFORMA DE LA JUSTICIA LABORAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES: con la modificación el proceso tendrá más celeridad

La doctora Mónica Villagra y el doctor Eduardo Lantella fueron partícipes de la modificación de la normativa.

La idea del proyecto versa en que se triplique la capacidad operativa del fuero, al pasar de salas compuestas por tres jueces a otras donde el proceso será atendido por un solo magistrado. Con la normativa vigente un juicio laboral demora en resolverse unos cuatro años. Con las modificaciones introducidas podrían tardar menos de un año.

Días pasados, en una edición dominical, LA OPINION informaba sobre la aprobación, en el Senado bonaerense (obteniendo así la media sanción) del proyecto de reforma integral de la Justicia Laboral, cuyo espíritu es dotar de celeridad a los procesos de juicios laborales.
La iniciativa modifica sustancialmente la Ley de Procedimiento Laboral, y forma parte del paquete de reforma judicial que la gobernadora María Eugenia Vidal envió a principios de año a la Legislatura. La idea versa en que se triplique la capacidad operativa del fuero, al pasar de salas compuestas por tres jueces a otras donde el proceso será atendido por un solo magistrado.
Con el objetivo de analizar cuáles serán los beneficios que aparejará la implementación de la modificación, LA OPINION mantuvo contacto con dos abogados laboralistas, integrantes del Instituto de Derecho Laboral que funciona en el Colegio de Abogados de Pergamino: Mónica del Lujan Villagra y Eduardo Lantella.

Desde los inicios:

Los abogados recordaron que el fuero especial de Trabajo comenzó a funcionar en la provincia de Buenos Aires en p 1947 con la Ley Nº 5.178. “En el debate parlamentario, los partidos mayoritarios, radicales y peronistas, admitían y reconocían que la doble instancia era mejor y que hacía a la defensa del justiciable, pero como en ese momento se priorizaban los principios de la oralidad e inmediatez, establecer una doble instancia ordinaria, es decir que se pudieran revisar los dichos de los testigos y demás declaraciones por otro tribunal, era algo muy difícil de implementar, razón por la que se estableció una instancia única”, indicaron los entrevistados.
La segunda gran reforma se da en 1971 con el decreto Ley Nº 7.718, a través de la que se crearon muchos Tribunales del Trabajo, que luego fueron cabecera de Departamentos Judiciales.

En 1970:

Hasta 1970, por un fuerte impulso de oficio, los procesos eran ágiles y en cinco meses se dictaba la sentencia en los juicios laborales.
“La Corte Suprema de la Provincia en 1977 dicta un precedente, al decir que los jueces no podían cumplir en tiempo y forma con el dictado de sentencia, porque no había estructura para tomar esa cantidad de audiencias por el gran cúmulo de causas que se registraban hasta el momento”, dijo Lantella y añadió que “en 1988 se declaraba la crisis estructural del fuero laboral ya que no había decisión ni presupuesto económico para crear más tribunales. Vale en este punto aclarar que Pergamino por una Ley de 1994 tiene creado un segundo Tribunal de Trabajo que nunca se puso en funcionamiento”.
La tercera gran reforma se da en 1995 con la Ley Nº 11.653 que es la que actualmente está vigente con algunas modificaciones posteriores. La normativa “permitió que el juez se abstenga de dictar sentencia en 30 días”.

Lo nuevo:

El nuevo proyecto de modificación permite que “el juez, cuando se abre a prueba, en la audiencia preliminar, debe fijar la vista de causa en el plazo de 90 días hábiles y si no puede cumplir con ese plazo debe fundar porqué no se puede realizar”.
Si bien el Código indica que en nueve meses tendría que terminar un juicio laboral, en la práctica esto no se replica, habida cuenta que “el Tribunal por estos días fija audiencia de vista de causa con un término aproximado de 10 meses”.
Aclararon que “en la vista de causa es el momento en que se desarrolla la prueba oral, donde declaran las partes intervinientes y los testigos propuestos de ambas partes, y es el momento en que los abogados podemos intervenir con preguntas, se puede pedir a los jueces que en el acta consten determinadas declaraciones e información que hacen a la defensa posterior”.
Considerando la modificación realizada en la normativa, los abogados afirmaron que “en el término de un año las partes involucradas, empleadores y empleados, deberían tener una respuesta de parte de la Justicia”.

Cuándo se implementa:

Si se aprueba el proyecto en la Cámara de Diputados, la modificación comenzaría a regir una vez constituida la Cámara del Trabajo, con su estructura, personal y tres jueces camaristas, designados por concurso. “En este marco, la Ley fija un plazo de cinco años para que se lleve adelante la transformación, es decir, que comenzará a regir a partir de 2020 y hasta 2025”, sostuvieron.

Iniciativa de Colproba:

Este proyecto de Ley modificado, fue iniciativa del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, en su afán de aportar solución al problema registrado. “El Colegio bonaerense tomó la decisión de pasar de una instancia única a la doble instancia, tal como lo era al principio, y tal como lo prevén los pactos internacionales incorporados a nuestra carta Magna. En la actualidad, en la audiencia de vista de causa, cuando un testigo expresa algo importante, como abogado se puede solicitar que conste en acta, pero es acotado. En el proyecto de ley, se podrá revisar lo que un testigo manifiesta, porque contaremos con la audiencia videograbada. El justiciable tendrá la posibilidad de un doble confronte con todo lo que ello implica”, indicaron los profesionales.

En Junín:

La Cámara del Trabajo que corresponderá al Departamento Judicial de Pergamino, estará radicada en Junín. “Salvo algunas excepciones, y con el afán de agilizar, gran parte del proceso se realizará de manera electrónica”, dijeron los abogados.
La ciudad de San Nicolás de los Arroyos, cuenta con dos Tribunales del Trabajo, y que su competencia alcanza a San Nicolás, Ramallo, Villa Ramallo, San Pedro, Baradero y se amplió a Arrecifes y Capitán Sarmiento. Por esta razón los Tribunales se encuentran colapsados en su accionar. Consecuentemente “si quedábamos incluidos en esa Cámara, en caso de apelación, el proceso para el justiciable sería mucho más lento sin poder definir un lapso para la resolución del conflicto. En cambio dependiendo de la Cámara de Junín el proceso sería más ágil, ya que su jurisdicción contempla menos localidades y obtendríamos una respuesta mucho más rápido”, sostuvieron los profesionales.

Más celeridad:

Sin dudas que el principal beneficio que aporta la modificación de la normativa, tiene que ver con dotar de celeridad el proceso habida cuenta que “con la normativa vigente un juicio laboral demora poco más o menos cuatro años en resolverse, mientras que con las modificaciones introducidas podrían llegar a tardar menos de un año”, señalaron.
El trabajador es un sujeto de preferente tutela, como los niños, adolescentes y consumidores, por ello podrá contar con la doble instancia, y que hace al derecho de defensa del justiciable, como una oportunidad más de revisión de parte de magistrados distintos.

Experiencia positiva:

Las personas que participaron de la Comisión Revisora se reunieron para establecer las modificaciones por un lapso superior al año, con una frecuencia de 15 días, que se mantuvieron en La Plata. Dicha comisión estuvo integrada por referentes de los Departamentos Judiciales, abogados de los trabajadores y los que defienden a los empleadores. De manera conjunta, los abogados que día a día trabajan en el fuero laboral, con vasta experiencia en el tema y conocedores de la realidad, analizaron y discutieron sobre las problemáticas que advierten al momento de litigar.
Tanto la doctora Villagra como el doctor Lantella fueron los representantes pergaminenses que tuvieron activa participaron en el proceso de modificación. Ambos se mostraron orgullosos y contentos por haber sido parte de la comisión y del proyecto. “La experiencia fue muy fructífera porque pudimos intercambiar ideas con nuestros pares y a la vez saber sobre las diferentes idiosincrasias que tiene cada Departamento Judicial”, expresó Villagra, mientras que su par Lantella señaló que “para nosotros, desde Pergamino, participar de la redacción de un proyecto es ampliamente satisfactorio y emocionante. Una vez que el proyecto tomó estado parlamentario, comenzamos con un trabajo de difusión importante. En este marco es que viajé a dar charlas a Bahía Blanca, Mar del Plata, Olavarría y Junín. Por supuesto que fue altamente positivo y se ve a las claras con la media sanción, que por unanimidad tuvo el proyecto en la Cámara de Senadores”.

En Diputados:
Consultados sobre los pasos a seguir, los profesionales aclararon que “cada Colegio deberá hablar con los diputados que representan a su distrito y convencerlos de que la modificación es positiva, ya que lo que viene es el tratamiento del proyecto en esa Cámara, que creemos que va a salir pero consideramos que hay que seguir caminando e informando. Además creamos en Facebook una página pública llamada: Procedimiento Laboral de la Provincia de Buenos Aires, en la que vamos explicando el proyecto”.

Es posible:

Mostrando su satisfacción por este avance, el doctor Lantella finalizó la nota parafraseando a un colega, el doctor Mariano Natale, referente del Colegio de Abogados de San Martín: “Un proceso de trabajo mejor es ciento por ciento posible”.