Mensaje de error

Notice: Undefined property: stdClass::$comment_count en comment_node_page_additions() (línea 728 de /home/pensamientopenal/sitios/pensamientocivil.com.ar/htdocs/modules/comment/comment.module).
miscelaneas | Consumidor

LA INDEMNIZAN ALL INCLUSIVE

Un súper debe pagarle un viaje a una jubilada por un accidente.

La Cámara de Apelaciones de Mendoza ordenó que se indemnice a una jubilada y tenista amateur que se lesionó la rodilla en un supermercado, con una suma equivalente a un viaje de 7 a 9 días a Cancún -para ella y un acompañante- all inclusive.

Un fallo de primera instancia condenó a un supermercado a pagar 45 mil pesos a M. B., una docente jubilada “en plena actividad en su faz familiar, doméstica, deportiva y recreativa, presente como madre y como abuela, socia vitalicia del Club Mendoza Regatas, asidua jugadora de tenis, que tomaba clases de acuagym y viajaba con asiduidad”.

Un día que sopló el zonda, una ráfaga de viento levantó por el aire un cartel de promociones de un supermercado que estaba en el piso y golpeó a una mujer que, en ese momento, tenía 80 años y salía del lugar por la playa de estacionamiento. Luego de esperar 40 minutos, fue trasladada al hospital Español, donde fue intervenida quirúrgicamente en la rodilla izquierda. El golpe le dejó como secuela una lesión tendinosa que le generó limitación en la movilidad del tobillo, impotencia funcional y falta de fuerza muscular en la pierna izquierda.

Los abogados de la tenista amateur apelaron el primer fallo argumentando que la indemnización era insuficiente frente al daño moral sufrido por la mujer “en la esfera espiritual” y también por las

secuelas físicas. También argumentaron que “la sentencia hace referencia a los placeres compensatorios como medida del daño moral, pero no indica cómo y qué satisfacciones puede procurarse la actora con la suma de $20.000 otorgada a la fecha de la sentencia, señalando que ello no podría cubrir ni la mitad del costo de un paquete por pocos días a un destino como el Caribe”.

Ahora, los camaristas Graciela Mastrascusa y Gustavo Colotto ordenaron al supermercado a pagarle $105.000 a la jubilada, más intereses del 5% desde el fallo en adelante. Según los jueces, el daño moral infligido a la víctima es real ya que no sólo le produjeron dolores, molestias en su integridad física y sometimiento a prácticas médicas peligrosas, sino que además alteraron gravemente su vida cotidiana y el amplio goce de la vida recreativa que podía desarrollar antes del accidente.

--> Por los derechos de los abuelos

El fallo hace referencia a la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores, que establece el derecho a la dignidad y a la vida en la vejez, estatuyendo el derecho a la recreación, el esparcimiento y el deporte. El fallo, de todos modos, puede ser apelado. Los datos de la señora no fueron dados a conocer para proteger su identidad. Ahora, habrá que ver si la jubilada elige el viaje o se queda con el dinero.