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miscelaneas | Familia

ES MÁS FÁCIL CASARSE QUE REGISTRAR UNA CONVIVENCIA (Córdoba)

            Por año, más de 2.600 parejas consultan por las uniones convivenciales, pero sólo el 1,6 por ciento concreta el trámite. Uno de los requisitos es tener el mismo domicilio en los DNI por no menos de dos años.

            La lista de requisitos para registrar una unión convivencial es más amplia que aquella para casarse. Y a juzgar por la relación entre la cantidad de consultas y las uniones efectivamente firmadas en el Registro Civil de la Provincia, la mayoría de las parejas desiste de hacerlo.

            Así lo demuestran los números de la Provincia desde que el nuevo Código Civil y Comercial comenzó a regir en el 2015 y apareció este régimen que suma derechos y obligaciones, pero que no tiene nada que ver con el certificado de convivencia que se solicita en la Policía, en la Justicia o en una escribanía.

            En 2015, entre octubre y diciembre “formalizaron” la convivencia 13 parejas; en 2016, fueron 34, y el año pasado, 43. En lo que va de 2018, sólo cuatro decidieron celebrar una unión convivencial.

            La proporción de quienes finalmente completan el trámite luego de haber hecho la consulta correspondiente es ínfima. Según datos del Registro Civil, asesoran a unas 10 parejas por día, es decir, cerca de 2.640 en el año. Y de esos números se desprende que sólo el 1,6 por ciento de los interesados firma la unión convivencial.

¿Por qué no prende?

            La unión convivencial prevé que las parejas de hecho puedan registrar su convivencia de al menos dos años con el objetivo de adquirir nuevos derechos, como la contribución a las cargas del hogar durante la vida en común o, si se finaliza el vínculo, el derecho a una compensación económica o la división de los bienes obtenidos por el esfuerzo de ambos.

            Y ahí justamente está la principal traba: los interesados deben tener actualizados los domicilios en sus respectivos documentos, como prueba de la convivencia, con una antigüedad de por lo menos dos años. Además, se les exige documentación, como actas de nacimiento y declaraciones juradas no sólo de los interesados en registrar la unión, sino también de dos testigos.

            Para el matrimonio, en cambio, se requieren DNI de los novios, de los padres y de los testigos, y las partidas de nacimiento de los contrayentes. Aunque va en caída, esa institución sigue siendo la más elegida por aquellos que deciden formalizar una relación de pareja.

            En la ciudad de Córdoba, el año pasado se casaron 2.336 parejas. En 2016, habían sido 2.394. En tanto, en la provincia, desde el año 2001 la cantidad de matrimonios se mantiene en torno de 10 mil, pese a la baja de los últimos años. En 2010, dieron el sí 10.285 parejas; y en 2015, fueron 9.539.

           Otro motivo que desalienta el trámite de la unión es que sólo se puede hacer en la Dirección del Registro Civil de la calle Caseros, pues no hay otras oficinas en la provincia que lo tomen.

Certificados de “soltería”

           En cambio, los certificados negativos de uniones convivenciales son trámites mucho más frecuentes para los empleados del Registro Civil provincial.

           Desde que comenzó en 2015, la entrega de certificados “de soltería” acumula más de 200 constancias expedidas. Los interesados la solicitan, principalmente, para gestionar algún beneficio, por ejemplo, un crédito hipotecario.

Cuál es la diferencia

           Aunque la registración de una unión convivencial se asemeja al casamiento civil –pero sin la ceremonia–, los alcances de esta figura son distintos.

           Por caso, en cuanto a cuestiones de herencia, en el matrimonio la ley reconoce al cónyuge. En cambio, en la unión convivencial, el conviviente no es heredero. La herencia se debe establecer mediante un testamento.

           Respecto de la cuota alimentaria, tras un divorcio el ex cónyuge tiene derecho en algunos casos a solicitar una cuota alimentaria. En la unión convivencial no.

Sus principales características

           Qué es. Las uniones convivenciales son las relaciones afectivas de carácter singular, público, notorio, estable y permanente entre dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida en común. Es una unión de hecho y no cambia el estado civil.

           Para qué sirve. Para probar la existencia de la unión. Para proteger la vivienda familiar porque ninguno de los dos podrá venderla o hipotecarla sin la firma del otro.

Pacto de convivencia. En el pacto de convivencia se puede establecer la manera en que van a contribuir a los gastos del hogar durante la vida en común; en caso de ruptura, quién se quedará con el hogar que comparten y cómo se dividirán los bienes que compren entre los dos.

Dónde se hace:  El Registro de Uniones Convivenciales depende de la Dirección del Registro Civil de la Provincia, que se encuentra en Caseros 356. De lunes a jueves, de 8 a 14.

Requisitos: Ser mayor de edad. No estar unidos por vínculos de parentesco. No tener impedimento de ligamen ni estar registrado en otra unión convivencial simultáneamente. Constatar en forma preexistente la convivencia durante un período no inferior a dos años