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Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sala VII de Capital Federal, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
29/11/2016

LA FALTA O DISMINUCIÓN DE TRABAJO DE POR SÍ NO ES CAUSAL SUFICIENTE PARA LIBERAR AL PATRÓN DE SU OBLIGACIÓN RESARCITORIA

Corresponde hacer lugar a una demanda por despido incoada por un vigilador general contra una empresa de seguridad privada que lo desvinculó invocando falta y disminución de trabajo, toda vez que la disminución de trabajo, no constituye, de por sí causal suficiente para liberar a la patronal de su obligación resarcitoria, por lo tanto, es preciso que quien invoca tal circunstancia, demuestre en forma fehaciente que se han tomado todas las medidas necesarias para paliar dichas consecuencias

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