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EL LENGUAJE JURÍDICO ES PARA UNOS POCOS

Por los términos que usan los jueces, impide que las personas entiendan las resoluciones que afectan sus vidas. Existe un fuerte impulso a las prácticas de lenguaje claro y hay experiencias de sentencias de lectura fácil y accesible en Córdoba.

Lenguaje hermético, críptico e incomprensible es como se califica la redacción de los documentos jurídicos y administrativos que van dirigidos a la ciudadanía.

Plagados de tecnicismos, de una redacción intrincada y pomposa que busca precisión y lucimiento, logran lo contrario: ambigüedad y confusión para el común de la gente.

Sobre lo que se expresa en contratos, fallos y sentencias, las personas deben comprender lo que tendrá consecuencias en su vida, pero en general, necesitan “traductores” que les expliquen los alcances de lo establecido para actuar sin equivocarse. Aun así, suele ser insuficiente.

Cuenta Dora Antinori Asís, jueza de Ejecución Penal de Cruz del Eje, que muchas veces los internos que acceden a una libertad anticipada, por la ansiedad del momento y por el lenguaje judicial, no entienden o no pueden registrar las condiciones que les establecen, y que es frecuente que se muden sin pedir autorización al juzgado. Cuando vuelven al sistema penitenciario por no haber acatado la condición de mantener el domicilio que fijaron y les preguntan por qué no la respetaron, la respuesta más común es “no sabía”, “no me di cuenta” o “no entendí”.

También Cristina Carretero, profesora de Derecho Procesal y de Oratoria y Redacción Jurídica en la Universidad Pontificia Comillas (España), recuerda que desde pequeña le llamó la atención que “cuando un fiscal o el juez se dirigían a las personas que pasaban por el juzgado, muchas veces las caras que ponían eran de ‘qué me están contando”.

Una investigación realizada en Córdoba confirma estas dificultades para interpretar las resoluciones judiciales por parte de la ciudadanía y de los periodistas: “Los problemas están cifrados en la larga extensión de los textos; en la utilización de términos técnicos y de locuciones en latín cuyo significado no se explicita o traduce; en la reiteración de frases en el mismo texto, así como en la utilización de citas y remisiones a datos contenidos en el expediente”. “A pesar de los obstáculos, los entrevistados han podido reconstruir el contenido de las resoluciones y sus interpretaciones no han sido erróneas”, aclara el estudio, que se presentó el jueves pasado y que se llevó a cabo en el Centro de Perfeccionamiento Ricardo C. Núñez del Poder Judicial, bajo la dirección de Raúl Fernández.

La investigación también constató que “pese a que la información sea pública y de fácil circulación, no la convierte necesariamente en accesible”. Por lo tanto, recomienda que los magistrados y operadores judiciales tengan en cuenta a destinatarios sin formación jurídica en la redacción de las resoluciones.

La conciencia de que la redacción legal, jurídica y administrativa no colabora para que los ciudadanos comprendan sin tener que releer y sin buscar ayuda, va ganando espacio en los países de habla hispana y se van formando redes que tratan de incidir para que el lenguaje llano sea una política pública.

Así, en la Argentina se formó, en 2017, la Red Nacional de Lenguaje Claro inspirada en la de Chile. “La idea de la red es que los tres poderes trabajen con la claridad en el lenguaje en los textos cuyo destinatario principal es el ciudadano, porque esto tiene que ver con el fortalecimiento institucional, con el acceso a la información y el gobierno abierto”, señala Natalia Staiano, licenciada en Letras y Directora de Capacitación Técnico-Profesional del Senado de la Nación.

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¿De qué sirve el sitio web de un organismo público si las personas no comprenden la información por la forma en que está redactada? Eso no es transparencia, aseguran los especialistas. “Se trata del derecho que tenemos todos como ciudadanos a entender los textos (leyes, normas, seguros, contratos, sentencias, garantías, etcétera) que nos rigen para llevar a cabo una vida cívica, porque si no, nos alejamos de tener una participación comprometida. Esto tiene que ver con la democratización de la información: que todos podamos acceder al conocimiento”, explica Staiano.

Lenguaje claro implica comunicar con términos sencillos y con redacción simple, que manifieste la idea en forma directa, sin expresiones ampulosas ni oraciones extensas. “No es que se vaya a vulgarizar o rebajar el lenguaje, todo lo contrario: se puede decir lo mismo, pero que se entienda, sin tanto tecnicismo y sin tanta prosa ambigua”, remarca Staiano.

Aunque parezca un contrasentido, comunicar en forma llana supone un esfuerzo adicional. “Se necesita concientización, cambio de mentalidad y un esfuerzo extra para sacar algo complejo en forma clara para el ciudadano”, subraya Carretero. “Y si soy una ciudadana común –agrega– y me dictan una sentencia, tengo derecho a entenderla”.

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Fallos de lectura fácil

Desde 2017 se dictaron algunos fallos en la provincia de Córdoba que tomaron en cuenta las recomendaciones de una guía de redacción para la producción de textos en el Poder Judicial, elaborada por Leonardo Altamirano, responsable de la Oficina de Prensa del Superior Tribunal de Justicia, y por Federico Abel, abogado especialista en Derecho Procesal Constitucional.

Las resoluciones incorporan un párrafo de lectura fácil, cuyo contenido está pensado especialmente para grupos vulnerables y, a la vez, toman en cuenta acuerdos internacionales en la materia, como Las 100 Reglas de Brasilia.

El más reciente es de noviembre de 2018, en el que la jueza Dora Antinori Asís elaboró una resolución que tiene una parte redactada “en forma directa” para que la persona que iba a recuperar la libertad anticipada (asistida en ese caso) pudiera entender cabalmente el alcance y las condiciones que debía cumplir. “Estuve leyendo todos los papeles que mandaron del Servicio Penitenciario. Como está portándose bien, va a poder salir de la cárcel en libertad asistida. Para que pueda seguir libre, va a tener que cumplir con las siguientes condiciones...”, redactó y leyó la jueza.

Antinori también le dijo al interno que ella “sabía que en ese momento su cabeza estaba en cualquier lado”. “Con toda la razón –agrega– porque de repente le dicen vení que te vas a la libertad, y sabía que iba a asentir, pero que iba a ser difícil que prestara atención por la ansiedad y por un montón de cosas del momento. Por eso, lo dejé plasmado por escrito en lectura fácil”. Otra de las condiciones aclaradas fue: “No tiene que usar drogas ni emborracharse”, en lugar de “no consumir bebidas alcohólicas ni abusar de estupefacientes”.

En otro caso, el exjuez y ahora vocal de la Cámara Civil y Comercial de Villa María, Alberto Domenech, incluyó párrafos en lectura fácil destinados a una mujer con discapacidad intelectual: “De los papeles tuyos, y de tus cosas más importantes, se va a encargar tu papá, pero siempre te va a preguntar primero qué es lo que vos querés”, le comunicó el magistrado.

No obstante, Domenech resalta que en la totalidad de sus resoluciones siempre trata de despojarse “de cierto lenguaje judicial que no es entendido por las personas en general”. “Intento –explica– que sean comprensibles y que no sólo las entienda el abogado o abogada para que luego tenga que traducirle a su defendido o cliente”.

Consejos para iluminar los escritos jurídicos

Los especialistas apuntan a eliminar tecnicismos inútiles.

Las reglas de la redacción efectiva y clara son las mismas para aplicar a cualquier tipo de comunicación o asunto. Según Cristina Carretero, en el ámbito jurídico “hay soluciones para todo, pero hay que poner esfuerzo y constancia”, y menciona tres categorías de sustituciones para los términos técnicos.

1. Los que se pueden sustituir por una palabra que no merme o que no sea un obstáculo para la precisión y que entienda la mayoría de la gente (por ejemplo, “hoja” en lugar de “foja”).

2. Expresiones que pueden ser sustituidas por otras, o un término que requiere una expresión equivalente (por ejemplo: “a guisa de colofón”, se reemplaza con “en conclusión”).

3. Términos que no se pueden sustituir por una palabra o expresión. “Allí se debe hacer una explicación”, indica la especialista.

Otras recomendaciones generales son:

Redactar oraciones cortas (25 a 30 palabras), en las que se exprese una sola idea por cada oración.

Los párrafos se componen de oraciones y deben abordar un mismo tema.

Utilizar correctamente los signos de puntuación.

El adjetivo mismo/a no se debe usar para sustituir algo que se dijo antes. Todos se pueden reemplazar.

Evitar el uso del gerundio de posterioridad, ya que esa conjugación tiene que ser simultánea al verbo principal.

 

Fuente: https://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/lenguaje-juridico-es-para-unos-pocos