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MENDOZA: RESOLUCIÓN INÉDITA - Por primera vez en el país, reconocieron a dos personas con sexo indefinido

No dirá ni “masculino” ni “femenino”. Lo avaló el Registro Civil de Mendoza, que se amparó en el reconocimiento de la identidad de género autopercibida.

Por primera vez en Argentina, la partida de nacimiento de dos personas no tendrá ninguna definición en cuanto al sexo: no dirán ni "femenino" ni "masculino" y en su lugar quedará el espacio vacío. Así lo avaló el Registro Civil que entendió que ambas personas requirieron el reconocimiento legal de su identidad de género autopercibida.

"La Dirección del Registro Civil de Mendoza informa que. a través de la resolución N° 420/2018 se ha hecho lugar a la solicitud de dos personas mendocinas que requirieron el reconocimiento legal de su identidad de género autopercibida y correspondiente rectificación registral solicitando en forma expresa que en su partida de nacimiento y DNI no se consigne sexo alguno", dice el comunicado oficial

Fue el gobernador Alfredo Cornejo quien dio luz verde para que se llevara adelante esta medida, que va en consonancia con lo que ampara la Ley de Identidad de Género, aprobada en 2012.

La novedad fue difundida por el propio Registro Civil junto con la resolución correspondiente y los nombres de las personas no fueron dados a conocer "para resguardar la identidad" de los solicitantes.

En tanto, en la resolución también se resolvió "labrar una nueva partida de nacimiento en la que la persona inscripta deberá consignarse como (nombre) y demás datos conforme a la partida originaria, con excepción del campo reservado para el sexo, en el que deberá consignarse una línea".

Si bien el caso es inédito en el país, en el mundo ya hay antecedentes de sexo X o indefinido. En Canadá, el año pasado, el presidente Justin Trudeau lo habilitó. Antes, Nueva Zelanda, Australia, Dinamarca o Malta ya habían permitido esta casilla en sus documentos.

Eleonora Lamm, doctora en Derecho y Bioética y subdirectora de Derechos Humanos de la Corte mendocina conoce uno de los casos inéditos. “Es un profesional de 32 años y una persona maravillosa. La acompañé en el proceso de cambio de identidad. Iba a hacerse una modificación corporal y me dijo que quería romper con el binarismo y pidió que en el apartado sexo de su DNI no figure nada”, contó.

En cuanto a lo novedoso que resulta esta disposición, Lamm dijo que en países como Canadá, Francia y Alemania, se habilitó una tercera casilla respecto de personas intersex. Pero cuestionó que, "en esos países se sigue identificando biología con género y no contempla el caso de aquella persona cuyo cuerpo no cuadra con femenino y masculino”. Ahora en Mendoza, se ha logrado que sin poner sexo alguno en la partida de nacimiento, se respete la base de identidad de la persona. “El sexo no es femenino ni masculino, es de acuerdo a la identidad que esta persona considera. Es una persona no binaria, que no se identifica con ninguno de los dos sexos”, define Lamm. Y afirma que es realmente innovador que a través de un planteo administrativo en el Registro Civil y sin sentencia de por medio, se respete la identidad de género, lo que a su criterio es el primer caso en el país y en el mundo.

Las preguntas que surgieron con esta disposición administrativa es qué va a pasar cuando esta persona vaya a un baño público o si se quiere jubilar, lo hará como hombre o como mujer. Para Lamm: “dependerá de cómo esta persona se identifique”. Y aventuró que, cuando esta persona se jubile, " espero que le ley esté actualizada". "Hemos roto el binarismo y tenemos que empezar a cuestionarnos estas normas que dividen el acceso a una derecho por categoría sexual o de género", planteó la especialista en bioética.

Para Mauro Cabral Grinspan, director ejecutivo de GATE y quien colaboró con la redacción de la ley de identidad de género, lo que ha dispuesto el Registro Civil de Mendoza es un cumplimiento cabal de la ley 26.743, sancionada en el 2012: "Rompe con el binario y llama a abolir la consignación del género en los documentos públicos” “La posibilidad de no colocar género o, en otro caso, identificarse como travesti ya está permitido pero no se había conseguido que algún registro de civil lo hiciera. El artículo 2 de la ley dice que toda persona pueda definir el género que considere como propio: implica incluir un tercer género o pedir que esa anotación quede en blanco", explicó Cabral Grinspan