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LA ERA DE LA DESCONEXIÓN DIGITAL: toma fuerza en Francia y Alemania. En Ecuador, según abogados especializados, el Código del Trabajo garantiza el derecho al descanso

 

       Hace una hora Roberto Cajamarca culminó su jornada laboral, pero su teléfono celular no para de recibir notificaciones.

       En marzo de 2016 fue agregado a un grupo de WhatsApp en el que intercambia información sobre las ventas realizadas durante el día, los cierres de contratos con instituciones públicas y privadas, viajes y asuntos varios.

       El vendedor guayaquileño, de 29 años, recibió un smartphone con plan de datos para navegar en internet cuando ingresó a la empresa de metales. Sin embargo, ese detalle significó el fin de su desconexión digital y laboral. “No firmé un documento que me obligue a estar conectado las 24 horas, pero en la práctica funciona así. En ocasiones, por exigencia de mi jefa, tengo que usarlo los fines de semana para llamar a los clientes”.

       Este tipo de situaciones, en Francia, ya se convirtió en un tema de debate de los derechos laborales.

       El gobierno de ese país creó una ley que faculta a los franceses el derecho a desconectarse de los dispositivos fuera del horario de trabajo, con el fin de garantizar el respeto del tiempo de descanso y de las vacaciones. En cambio, en Ecuador, el uso excesivo del dispositivo le produce a Roberto dolores de cabeza y le originó colitis.

       “Estuve medicado casi una semana en el hospital porque no podía estar tranquilo”.

No hay obligación de contestar   

        Mariela Díaz, abogada especializada en derecho laboral, explica que una vez que el trabajador ha cumplido con su jornada de ocho horas, no está obligado legalmente a seguir prestando sus servicios al empleador. “Puede abstenerse de contestar o trabajar, porque se entiende que está en su horario de descanso”.

         En el artículo 47 del Código del Trabajo reza: la jornada máxima de trabajo es ocho horas diarias, de manera que no exceda de 40 horas semanales, salvo disposición de la ley en contrario.

         Asimismo, el tiempo máximo de trabajo efectivo en el subsuelo será de seis horas diarias y solamente por concepto de horas suplementarias, extraordinarias o de recuperación, podrá prolongarse por una hora más, con la remuneración y los recargos correspondientes.

          Díaz añade que el empleador debe saber sus límites y no puede seguir requiriendo de informes.

          Los usuarios le preguntan:  ¿Qué pasa si no contestan el teléfono? ¿Puede tomarse como causal de visto bueno? “La respuesta es no. Por encima de todo está el derecho al descanso. Cuando esto no pasa, hay vulneración”.

          La experta aconseja al trabajador que no tenga una actitud sumisa  ante el empleador.

          Esto ocurrió con Miriam Ramírez, quien se desempeñaba como ingeniera agrónoma en una empresa de fumigación aérea. La primera vez que recibió por WhatsApp un pedido de su jefe, no le contestó. “Al día siguiente me cuestionaron por qué no respondí y contesté que ya no estaba en hora de trabajo. Ellos guardaron silencio”.

          El abogado laboral Jorge Baldeón aconseja al empleado que si siente abuso de su patrono, debe acudir a la Inspectoría de Trabajo o a la Defensoría del Pueblo.

         Un equipo de este diario fue a las oficinas de la primera entidad para conocer qué tipo de denuncia procedía. Una de las mujeres que atiende en las ventanillas sugirió que en esos casos se puede pedir una inspección en el trabajo.               De esa manera se podrá tomar las medidas por un caso de explotación laboral.

         Para Liliana Durán, de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), estas aplicaciones son usadas para extender las jornadas laborales, especialmente para ejecutivos y autoridades. “El uso se rebasó. De manera sutil se ha ampliado (el horario), hay empresas que al ingresar obsequian un celular de alta tecnología, pero esta comunicación significa estar las 24 horas (pendiente)”.

          Durán  no ha recibido quejas, pero adelanta que se revisará el tema de los horarios extendidos en la elaboración de un Código de Trabajo Integral.

          Según Cristian Espinosa, director de la empresa Cobertura Digital.com, esta práctica es aceptada como una obligación sobreentendida, sin reconocimiento, pero debería adaptarse a los nuevos tiempos. “En vez de que se convierta en un arma de precarización laboral, puede ser usada para resolver emergencias y generar productividad”.

Síndrome del trabajador quemado

           La conexión permanente al celular puede ocasionar tensión, colitis y el síndrome de bournout (trabajador quemado).

           La psiquiatra Ana María Heinert, del Hospital Teodoro Maldonado, explica que cuando no hay la interrupción tras la jornada de trabajo el empleado no se recupera a nivel intelectual.

          El síndrome del trabajador quemado es recurrente. En  su consultorio  cuatro de cada 10 personas los presentan. “Ellos se quejan de que  no duermen, pero en la entrevista confiesan que están presionados en la empresa”. En Japón, el año pasado, dos personas murieron por infartos y suicidios. De igual manera, en Alemania limitaron el acceso de sus ejecutivos a los correos electrónicos fuera de las horas de oficina por el aumento de trastornos psicológicos. (I)