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miscelaneas | Constitucional

RETROCEDER 150 AÑOS…

               En las escuelas públicas de Salta se dicta instrucción confesional desde 2008. Torcuato Sozio, de la Asociación por los Derechos Civiles, impulsó un reclamo de inconstitucionalidad que comenzó a discutirse esta semana en la Corte.

              El miércoles pasado, la Corte Suprema empezó a debatir la ley provincial que establece la educación religiosa obligatoria en las escuelas públicas de Salta. Con cuatro jornadas de audiencias públicas, el máximo tribunal convocó a la sociedad civil a que exprese su opinión. Adventistas, católicos, organismos de derechos humanos, universidades, masones, pedagogos, abogados, y especialistas ya circularon por el cuarto piso de Talcahuano 550, donde se presentaron en calidad de Amigos del Tribunal (amicus curiae). La causa está en la etapa final de una pulseada que inició en 2008 en la provincia del gobernador Juan Manuel Urtubey, pero cuyo eco se remonta hacia fines del siglo XIX, cuando la presidencia de Julio Argentino Roca logró aprobar la ley 1.420 de educación común, gratuita y obligatoria, pese a la oposición de la Iglesia. Aquel modelo sarmientino tenía una impronta laica porque expulsaba la instrucción religiosa fuera del horario de clases. Salta lo revirtió.

              El director de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Torcuato Sozio, encabeza un amparo colectivo junto a un grupo de madres que consideran vulnerados de sus familias e hijos los derechos a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad, a la no discriminación y a la intimidad. Luego de que la Suprema Corte de Salta avaló las leyes educativas locales (aunque estableció algunos límites a las prácticas religiosas), la causa tomó dimensión nacional tras ser apelada al máximo juzgado del país.

— ¿Cómo surgió la demanda contra el Estado salteño?

— A partir de la ley de Educación provincial N°7.546 sancionada por el gobierno de Urtubey, varios padres sintieron que sus niños eran discriminados en las escuelas de gestión pública porque se impartía educación religiosa dentro la enseñanza obligatoria, dentro del horario de clases, como si fuera matemática, geografía e historia. Esos niños realmente se sentían discriminados de distintos modos. En el momento que se daban clases de educación religiosa, ellos no tenían una actividad alternativa y tenían que retirarse del aula. Un conjunto de hechos concretos fueron agravando la situación, lo cual nos llevó a iniciar la acción judicial, planteando que la Constitución provincial y de la Ley de Educación constituyen una inconstitucionalidad flagrante. Entendemos que la educación religiosa obligatoria es violatoria de la libertad de pensamiento que prevé tanto la Constitución como los Tratados Internacionales que fueron incorporados en 1994.

window.dfpAdHelper.appendAd("inline","/1058609/infobae/politica/nota/inline",[1,1],""); — ¿Cómo describiría hoy una escuela pública típica de Salta?

— Es una escuela en la que durante la semana tienen por lo menos dos horas de educación religiosa, pero pueden ser más. En casi todos los casos, la educación es católica. Los niños que están en esa escuela de gestión pública y no son católicos no tienen una actividad alternativa. Por lo tanto, quedan discriminados. También hay rezos durante las mañanas.

— Comentó que la discriminación se fue agravando con el tiempo…

— Si, desde la sanción de la Ley de Educación provincial, el Ministerio de Educación salteño empezó a sacar distintas disposiciones. Por ejemplo, en los boletines se empezó a poner si el chico era o no católico. Incluso, se citó un caso en una de las audiencias de una niña que no le dieron el premio de abanderada porque constaba en el boletín de que no era católica. Es decir, en estos nueve años, se fueron adoptando medidas que agravaron la situación. El gobierno de Salta dice que mucho de lo denunciado hoy no ocurre, que los niños que no quieren clases de religión ahora tienen otras actividades. Pero se adquirió una dinámica en la que un día sacan una disposición, y al siguiente sacan otra. Vamos a probar que se mantuvo en todo este tiempo una lógica estigmatizante y discriminatoria.

— ¿A qué atribuye que la dirigencia política de Salta haya incorporado la educación religiosa obligatoria en las escuelas?

— Una razón posible es que se trata de una sociedad donde la Iglesia Católica es un factor de poder con fuerte capacidad de presión y que, como tal, condiciona al poder político. Pero son especulaciones. La dirigencia política argumenta, por ejemplo, que los salteños son predominantemente católicos y religiosos. Por lo tanto, según su postura, no estarían violando ningún derecho ya que se estaría ofreciendo algo que querrían las familias. No creo que sea así. Hay un conjunto de temas que surgieron en los últimos años y que la sociedad argentina tuvo una actitud muy tolerante, como el divorcio vincular durante el inicio de la etapa democrática, la Ley de Identidad de Género o la Ley de Matrimonio Igualitario. Hay un fallo de la Corte Suprema que establece que una persona que fue violada puede ir a un hospital público o sanatorio a practicarse un aborto no punible, sin necesidad de judicializar el caso. En todos los casos, la Iglesia Católica no estuvo de acuerdo y se opuso. Son cuestiones que en una escuela de enseñanza confesional se analizarían desde una perspectiva limitada. De hecho, hay presentaciones de Amigos del Tribunal que plantean cómo este tipo de escuelas generaron un direccionamiento contrario a la evolución que estaba adoptando la sociedad argentina.

— Se suele mencionar que los pueblos originarios no contarían con programas alternativos adecuados para las clases de religión. Quienes apoyan la ley salteña aseguran que sí existen estos planes.

— Dicen que hay programas en Orán y otros lugares de Salta, pero nosotros hicimos un relevamiento y entendemos que eso no ocurre. Aunque existieran, la provincia debería contar con un sistema de formación que instruya a los docentes con este tipo de enseñanza destinada a los pueblos originarios. Bueno, ¿pero quién la da? ¿Hay actualmente formación docente y profesores preparados? La respuesta es que no. Es falaz cuando se argumenta que se podrían dictar clases de otras religiones, cada escuela debería tener un docente de educación católica, un evangelista… Me gustaría escuchar a la ministra de Educación salteña en su exposición del 31 de agosto para que diga cuáles son los docentes preparados para alguien que profesa la religión anglicana o el credo judío. Los pueblos originarios tampoco son homogéneos, puede haber niños con familias de distintos pensamientos, con niños de padres ateos o agnósticos. De igual modo, en la ciudad de Salta debe haber personas con mayores o menores convicciones religiosas. Por eso decimos que es un asunto que tiene que ver con las convicciones de la propia persona y que, por lo tanto, no corresponde que esta educación esté incorporada a la currícula obligatoria.

— El país tiene un largo historial de discusión entre establecer un modelo educativo laico y otro de raíz católica. Desde la ley 1.420, la discusión quedó reflejada en muchas constituciones y normativas provinciales. Según el caso, algunas sostienen una educación basada en principios cientificistas, en otras, aparece la impronta confesional. ¿Cree que lo que se está poniendo en discusión es el modelo educativo?

— Evidentemente hay un debate propuesto, porque la causa está en la Corte Suprema y se llamaron a audiencias públicas. Para nosotros, el debate quedó zanjado con la reforma constitucional de 1994 y otros fallos del máximo tribunal. Es retroceder 150 años, se zanjó en 1884. Y ahora resulta que estamos volviendo a discutirlo.

— Desde el punto de vista del federalismo, ¿puede Salta escudarse en la autonomía provincial para establecer la educación religiosa?

— La Corte Suprema le está dando un alcance nacional al tema, podría no hacerlo. Cuando la Corte toma un tema es porque considera que hay que establecer un criterio general que no se puede resolver a nivel de las provincias. Nosotros no tenemos un sistema de educación desmembrado, hay una Ley Nacional de Educación que discuten los diputados y senadores. Sería contradictorio que el Congreso discuta una ley a nivel nacional y luego las provincias hagan cualquier cosa. Lo que queda en la órbita provincial son aspectos que no son centrales de la currícula. Planteo un extremo: una provincia no puede quitar matemática o geografía, pero sí puede agregar en historia, por ejemplo, información sobre caudillos o patriotas provinciales. Hay un margen en los planes de estudio, pero ello no puede conllevar a que no se respete una ley nacional. Los argentinos no tenemos 24 nacionalidades, tenemos una. Y las constituciones provinciales tienen que ser armónicas con la Constitución Nacional, para eso hubo una Asamblea Constituyente.